Después de dos semanas de negociaciones se alcanza un acuerdo para la prórroga de los ERTE.
El acuerdo social entre el Gobierno y los agentes sociales extiende la protección de los trabajadores y trabajadoras, así como el de las empresas. La Confederación Española de Organizaciones, el último en aceptar la propuesta del Ministerio de Trabajo, fue clave para dar luz verde a la tercera prórroga.
De este modo, los Ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones acordaron con fecha de 25 de junio, con los agentes sociales las nuevas condiciones para la extensión de los ERTE hasta el próximo 30 de septiembre.
El acuerdo se trasladará a la reunión del Consejo de Ministros de hoy, para su aprobación definitiva. Como aspecto relevante, presenta importantes avances respecto a la propuesta inicial. Prevé beneficios en las cotizaciones de los trabajadores a la Seguridad Social, garantías para el mantenimiento del empleo y mecanismos de flexibilidad para que las empresas se adapten a los nuevos escenarios. Además, incluye una cláusula en caso de rebrote.
Asimismo, el acuerdo prevé una exención de las cuotas a la Seguridad Social dependiendo del tamaño de la empresa y la reactivación de su actividad. Como también, establece mecanismos de protección para el empleo.
Exoneraciones de cuotas
El acuerdo incluye diferentes exoneraciones para las empresas, según su situación. En el caso de las empresas que están en situación de fuerza mayor parcial, el acuerdo hasta septiembre será el mismo, bonificando más las cotizaciones de los trabajadores activados que de los suspendidos.
De esta forma, para empresas con menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración del 60% de las cotizaciones sociales de sus trabajadores activados en los meses de julio, agosto y septiembre y del 35% para los trabajadores que continúen suspendidos.
Para las empresas de 50 o más trabajadores, las exoneraciones serán del 40% para los trabajadores activados y del 25% para los no activados.
Por su parte, las empresas que están actualmente en ERTE por fuerza mayor total pasarán a ERTE de transición hasta el 30 de septiembre. Estos ERTE se tramitarán contando con el informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y tras haber informado a los representantes legales de los trabajadores, tal y como regula el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.
Mantenimiento del empleo
Las empresas que se acojan a las exoneraciones previstas en caso de ERTE, deberán mantener el empleo durante un período de seis meses.
Durante un ERTE en vigor, las empresas no podrán efectuar despidos ni tampoco podrán repartir dividendos. De igual forma, los trabajadores no podrán hacer horas extras mientras haya compañeros en ERTE. Quedan fuera del ámbito de aplicación de estos ERTE las empresas radicadas en paraísos fiscales.
Además, no estará permitido que las empresas concierten nuevas contrataciones laborales, directas o a través de ETT, ni que establezcan nuevas externalizaciones, durante la vigencia de los ERTE. Medidas que fomentarán la reincorporación de los trabajadores.
Protección por desempleo
Las personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo derivados del Covid-19, tanto de fuerza mayor total o parcial como por causas productivas o los tramitados en caso de rebrote, gozarán de la protección reforzada prevista en el anterior acuerdo.
Asimismo, se les reconocerá la prestación aun cuando no acrediten periodo de cotización previo y se les aplicará el contador a 0, es decir, no consumirá paro acumulado. Excepto en el caso de los trabajadores fijos discontinuos, para los que éstas se prolongarán hasta el 31 de diciembre.
La prórroga será efectiva hasta el 30 septiembre, pero los agentes sociales barajan la posibilidad de una cuarta prórroga hasta finales de año.
Pueden ponerse en contacto con nuestros especialistas en asesoría laboral para empresas para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.