Te informamos sobre las nuevas medidas que han afectado a las pensiones tras cuatro años de negociaciones. Estas medidas incluyen el retraso en la edad de jubilación, la vinculación con el IPC, nuevos requisitos para acceder a la pensión, etc.
Como bien debes saber, el pasado 1 de enero de 2021, entró en vigor una nueva fase de la reforma de las pensiones. Una reforma que ha traído consigo variaciones en las pensiones, para cobrar el máximo, que el Gobierno irá haciendo efectivas.
Novedades que afectarán a las pensiones en 2021
Éstas son las novedades sobre las pensiones:
Retraso en la edad de jubilación
El Gobierno pretende alargar la vida laboral de los trabajadores en activo hasta la edad ordinaria de jubilación. El pasado 1 de enero de 2021, la edad de jubilación se retrasó hasta los 66 años para aquellas personas que hayan trabajado menos de 37 años y 3 meses.
Sin embargo, para aquellas personas de 65 años deben haber cotizado igual o más de 37 años y 3 meses. En los años siguientes, el periodo de cotización irá creciendo hasta que en 2027 alcance el mínimo de 38 años y 6 meses para quienes se jubilen con 65 años.
Por consiguiente, el Gobierno pretende endurecer los requisitos para acceder a la jubilación anticipada. Como también de incentivar a aquellas personas que retrasen su edad de jubilación aproximándose a la estipulada legalmente. Debido a que la media actual de jubilación es de 64,6 años, por debajo de lo establecido.
Además, la base reguladora para el cálculo de las pensiones también se ha visto modificada: este año quedará fijado en 24 años, pero se podrán elegir los años más convenientes.
Jubilación anticipada, voluntaria y forzosa
Teniendo en cuenta la vigente normativa, y como hemos mencionado anteriormente. El Gobierno tiene como objetivo fomentar con estímulos la permanencia de los trabajadores en activo hasta la edad estipulada por ley. Con tal de que el elevado % de trabajadores que dejan el mercado laboral antes de tiempo sigan cotizando en la Seguridad Social.
Una medida que ayudará a seguir financiando la Seguridad Social y, por consiguiente, retrasar el acceso a la pensión.
Por ello, la normativa conlleva retrasar hasta los 64 años la posibilidad de acceder a la prejubilación. Aunque para ello será necesario haber cotizado 35 años.
Asimismo, cabe recordar que la penalización por jubilación anticipada va en función de los años cotizados.
De este modo, por cada tres meses de adelanto, la cuota de la pensión se verá afectada estableciéndose así:
- coeficiente de reducción 2%: periodo de cotización inferior a 38,6 años
- coeficiente de reducción 1,875%: periodo de cotización superior a 38,6 años
- coeficiente de reducción 1,7 %: periodo de cotización inferior a 44,6 años
- coeficiente de reducción 1,625%: periodo de cotización superior a 44,6 años
Con estas penalizaciones, el Gobierno fomentaría que se alcance la edad estipulada de jubilación.
En cambio, por jubilación forzosa o anticipada involuntaria, el afectado podrá retirarse hasta 4 años antes de la edad establecida por ley (62 años). Pero deberá de haber cotizado por lo menos 33 años.
Por otro lado, aquellos que quieran optar por la jubilación parcial, tendrán dos opciones:
- Tener 62 años y 35 años o más cotizados
- Tener 63 años y 33 años cotizados
Pensiones sujetas al Índice de Precios de Consumo
El Gobierno apuesta por que las pensiones estén sujetas al Índice de Precios de Consumo (IPC). Sin embargo, no hay suficiente consenso político y social, para tenerlo en cuenta. Aunque algunos mencionan que de esta manera se conservaría el poder adquisitivo de las pensiones dado que la revalorización anual de las pensiones va en base al IPC real.
En referencia a las pensiones actuales, los nuevos jubilados tendrán más exigencias y, verán recortada su base de cotización. Sin embargo, las pensiones mínimas y las pensiones de viudedad subirán un 1,8%. Aunque el importe de la pensión irá marcado por la edad de jubilación:
Jubilación a los 65 años
- De 843,4 a 858,58 euros mensuales si tiene un cónyuge a cargo
- De 683,5 a 695,8 euros mensuales si no tienen cónyuge
- De 648,7 a 660,38 euros mensuales si tiene cónyuge
Jubilación antes de los 65 años
- De 790,7 a 804,90 euros mensuales si tiene un cónyuge a cargo
- De 639,5 a 651 euros mensuales si no tienen cónyuge
- De 604,4 a 615,3 euros mensuales si tiene cónyuge
La pensión, para quienes se hayan jubilado a los 65 años que presenten algún tipo de invalidez, dependerá del grado de ésta. Y las pensiones de orfandad dependerán de si se es menor de 18 años, del grado de discapacidad y de los posibles beneficiarios.
Por otro lado, el importe de la pensión máxima con la subida del 0,9% aplicada, será de 2.707,49 euros en 14 pagas. Supondrá un incremento de 24,15 euros al mes.
En definitiva, en 2021 la jubilación será más tardía y la pensión se calculará con 24 años cotizados. El ejecutivo, con estas nuevas medidas, intentará sanear las cuentas hasta 2023. Por ello, las pensiones mostrarán variaciones económicas dependiendo de cada situación personal y edad de jubilación según su tipo.
Para cualquier consulta sobre las nuevas medidas del sistema de pensiones contacta con nuestros asesores para particulares.