En este texto te informamos sobre la prórroga de los ERTE tras un acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales. La prórroga está aprobada, de momento, hasta el 31 de mayo.
Contexto
Se aprueba la cuarta prórroga de los ERTE hasta el 31 de mayo a pocos días de que caduque la vigente prórroga.
El ejecutivo y los agentes sociales han acordado la prolongación del periodo de cobertura con fecha de inicio el 1 de febrero. Manteniendo prácticamente las mismas condiciones: conservando las mismas exoneraciones y protección. Sin embargo, se ha modificado la tramitación administrativa siendo, ahora, más simple.
Este acuerdo social tiene como finalidad seguir protegiendo a empresas y trabajadores. Ofreciendo estabilidad dentro de este panorama de incertidumbre y lleno de incógnitas.
Mantenimiento del empleo
Esta pandemia sigue causando un pronunciado descenso de la actividad empresarial. A su vez, este aspecto ha conllevado un incremento desproporcionado del paro. Bien por la baja producción o bien, por el cierre de muchas empresas.
Sea por el motivo que sea, estas medidas actúan como protección de aquellos a quienes la pandemia les ha golpeado con fuerza.
Por ello, el ejecutivo con tal de preservar el empleo, se rige por el artículo 7 del RD Ley 30/2020 que prohíbe a las empresas con trabajadores en ERTE, despedir a sus empleados. De la misma manera que no permite la externalización de su actividad, así como tampoco la realización de horas extraordinarias. Sin embargo, quedará justificada la contratación de personal para desempeñar funciones que nadie de la plantilla pueda realizar.
Por otro lado, los trabajadores en situación de ERTE seguirán manteniendo la prestación (70% de la base reguladora). No tendrán periodo de carencia ni computará en la cotización hasta enero de 2022.
Modalidades de ERTE
El último acuerdo de prórroga de los ERTE mantiene el mismo esquema, pero a la vez, también incorpora novedades administrativas.
El esquema, de momento, estará vigente hasta el 31 de mayo y contempla mantener las tres tipologías de ERTE instauradas:
- Sectores “ultraprotegidos” y empresas vinculadas a su cadena de valor
A estos sectores “ultraprotegidos” se han incluido tres nuevos códigos “CNAE” que todavía no han recuperado su actividad habitual. Por el contrario, también se han eliminado otros tres.
Se han incluido en la lista nuevos sectores: (5530-campings y aparcamientos de caravanas), (7734-alquiler de medios de navegación), y (9604-actividad de mantenimiento físico). Mientras que, se quedan fuera de la lista (3220-fabricación de instrumentos musicales), (2431-estirado en frío) y, por último, (1393-fabricación de alfombras).
Teniendo en cuenta que en el mes de diciembre se incluyeron otras cinco actividades más. La lista de los CNAE queda confeccionada por 47 actividades.
- ERTE de limitación. Destinado a empresas independientemente de su sector o actividad.
- ERTE de impedimento. Las exenciones irán decreciendo a medida que pasen los meses.
En el apartado siguiente veremos los porcentajes de exoneración en función del ERTE.
Cuarta prórroga de los ERTE: Exoneraciones
En este apartado se contemplan las diferentes exoneraciones o beneficios según su modalidad de ERTE:
- Sectores “ultraprotegidos” y empresas vinculadas a su cadena de valor
- Exenciones del 85% para empresas con menos de 50 trabajadores
- Exenciones del 75% para empresas con más de 50 trabajadores
- ERTE de limitación. Destinado a empresas independientemente de su sector o actividad
- Exenciones del 100% para empresas con menos de 50 trabajadores
- Exenciones del 90% para empresas con más de 50 trabajadores
- ERTE de impedimento. Las exenciones irán decreciendo a medida que pasen los meses
- Exenciones del 100% para empresas con menos de 50 trabajadores
- Exenciones del 90% para empresas con menos de 50 trabajadores
- Exenciones del 85% para empresas con menos de 50 trabajadores
- Exenciones del 80% para empresas con menos de 50 trabajadores
- Exenciones del 90%, 80%, 75% y 70% para empresas con más de 50 trabajadores
Según el RD Ley 18/2020, de medidas sociales en defensa del empleo, no podrán acogerse empresas con domicilio fiscal en paraísos fiscales o que realicen reparto de dividendos. Por lo cual, quedarían excluidas hasta el 31 de mayo.
Prórroga ERTE: Simplificación de trámites
Con relación a la simplificación de los trámites se expone que: las empresas afectadas por restricciones, por limitación o impedimento, de su actividad solamente deberán realizar una comunicación a la autoridad laboral y al representante sindical de los trabajadores de la empresa. Anteriormente, era necesario realizar una nueva reclamación de carácter colectivo de prestaciones al SEPE.
Asimismo, aquellos casos de ERTE derivados de Covid por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP), podrán seguir beneficiándose de la simplificación de trámites y de la posibilidad de tramitar una prórroga ante la autoridad laboral.
Para cualquier consulta sobre la cuarta prórroga de los ERTE o las prestaciones de autónomos contacta con nuestros asesores para particulares.