Si no quieres recibir notificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) durante tus vacaciones, y quieres gestionarlas en tu regreso, te recomendamos que indiques a Hacienda los días en los que no estarás disponible, solicitando los días de cortesía, por tal de no dejar nada sin gestionar en tu ausencia.
Te invitamos a seguir leyendo: En esta publicación te explicamos cómo solicitar los días de cortesía en los que la AEAT no podrá comunicarse contigo.
Petición para no recibir notificaciones de la AEAT en vacaciones
Recuerda que Hacienda durante los días de vacaciones de verano, al igual que durante el resto del año, sigue enviando comunicados por correo ordinario, mediante carta certificada o bien a través del Buzón de Notificaciones Electrónicas de la AEAT cuando se trate de estos obligados tributarios:
- Personas jurídicas.
- Entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Representantes de un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- Empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas.
- Contribuyentes que tributen en el Régimen de Consolidación Fiscal del Impuesto sobre Sociedades.
- Contribuyentes que tributen en el Régimen especial del Grupo de Entidades del IVA.
- Contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME).
- Contribuyentes con autorización para presentar declaraciones aduaneras mediante el sistema de transmisión electrónica de datos (EDI).
Si estás incluido en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) podrás señalar los días de cortesía durante los que la Agencia Tributaria no podrá enviarte notificaciones.
Notificaciones de la AEAT
Si tienes una sociedad, S.A. o S.L., actualmente ya estarás recibiendo notificaciones de la AEAT de forma electrónica. Si es así, recuerda:
- Estas notificaciones se entienden realizadas cuando se accede a ellas desde el buzón electrónico de su empresa, o bien cuando pasan 10 días desde que llegan a dicho buzón y no han sido abiertas.
Por ese motivo, puede suceder que este próximo mes de agosto recibas alguna notificación (agosto es hábil a estos efectos), y que a la vuelta de vacaciones se hayan pasado los plazos para recurrir.
Totalidad días de cortesía
Para evitar el riesgo de recibir notificaciones y que no sean tramitadas en el plazo que les corresponda, recuerda que puedes seleccionar hasta 30 días naturales al año, consecutivos o no, durante los cuales Hacienda no podrá remitirte comunicados en los días catalogados como “días de cortesía”.
Si tu empresa cierra todo el mes de agosto, puedes iniciar el plazo de cortesía el día 1 de agosto y finalizarlo el 23 del mismo mes. Al disponer de los diez días de margen indicados, aunque recibas una notificación el día 24 de agosto todavía estarás a tiempo de acceder a ella cuando regreses al trabajo a principios de septiembre, sin perder ningún día para contestarla. De esta manera, te corresponderán todavía algunos días que podrás seleccionar más adelante pero dentro del mismo año.
¿Cómo debo solicitarlos?
Para poder solicitarlos será necesario estar dado de alta en la DEH y haber realizado la suscripción a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones. Esta gestión deberá solicitarse exclusivamente por internet.
No obstante, si la persona que va a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía es un tercero, deberá estar apoderado en el trámite GENERALNOT y asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado.
Una vez dado de alta en la DEH (si no lo estabas previamente) por medio de la sede electrónica de la AEAT, podrás realizar tu petición en el siguiente enlace: Solicitud días de cortesía
A continuación, deberás acceder al portal «Mis notificaciones» de la Sede Electrónica y hacer clic en el enlace «Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada» de la sección «Suscripciones, solicitudes y otras consultas».
Por otro lado, y debido a la proximidad del período vacacional, te aconsejamos que realices esta comunicación a la Agencia Tributaria para evitar que ésta ponga a disposición de los obligados tributarios notificaciones electrónicas.
Igualmente, recomendamos que lo solicites con un mínimo de 7 días naturales de antelación del primer día seleccionado, y que selecciones algunos días de final de julio para evitar la recepción de una notificación justo antes de vacaciones.
Para más información sobre este procedimiento, consulta la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre ( BOE 29 de diciembre) disponibles en «Enlaces de interés».
Si quieres pasar unas vacaciones tranquilas, no olvides tramitar tus días de cortesía lo antes posible. Después de este semestre tan complicado, es necesario descansar y cargar pilas durante el período vacacional, ¿no crees? Nos lo merecemos.
En septiembre volveremos con más novedades legislativas que esperamos que sean de tu interés. Os deseamos a todos y a todas muy felices vacaciones. ¡A descansar!