La Ley de la Segunda Oportunidad puede resolver tus problemas financieros. Si bien es cierto, la crisis sanitaria ha generado que un gran número de empresas y autónomos se acojan a esta ley con tal de resurgir.
Puesto que dicha norma tiene la capacidad de exonerar las deudas de aquellas personas cuya empresa se haya declarado insolvente. Por ese motivo, tanto autónomos como empresarios se han acogido a ella con el objetivo de solucionar su mala situación económica. Debido a que no pueden responder a sus obligaciones de pago.
Ley de la Segunda Oportunidad
La segunda oportunidad es un recurso legal que permite renegociar o cancelar deudas tanto a particulares como autónomos que no pueden hacer frente a sus obligaciones. De hecho, es el único medio que ofrece la posibilidad de eliminar parte de tu endeudamiento.
Este proceso administrativo está regulado por la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.
Requisitos
Para poder acogerse a la ley de la segunda oportunidad (LSO) es necesario cumplir una serie de requisitos:
- Contar con un buen historial crediticio
- Ser deudor de buena fe
- No ser poseedor de patrimonio
- Las deudas no deben superar los 5 millones de euros
- Demostrar que en los últimos 10 años no existen antecedentes penales (delitos contra el patrimonio, de carácter sociales o económicos, de falsedad documental, en contra de Hacienda o Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores)
- No haber rechazado una oferta de empleo considerada adecuada a las capacidades del deudor durante los últimos 4 años
En definitiva, ¿cuándo puedes obtener la exoneración de tus pasivos? Sólo si tienes una deuda inferior a 5 millones, y eres una persona física sin antecedentes penales. Además, no deberás haberte acogido, en los últimos 10 años, a este beneficio. Ni estar en concurso de acreedores, ni tener un acuerdo de refinanciación. No obstante, tampoco podrás haber rechazado una oportunidad laboral en los últimos 4 años.
Procedimiento de la segunda oportunidad
Este procedimiento está compuesto por dos mecanismos: los acuerdos extrajudiciales y el beneficio de exoneración de las deudas.
En primer lugar, los acuerdos extrajudiciales son la primera opción. Se trata de la realización de una reunión con el fin de renegociar las condiciones de los pagos con los acreedores.
Esta fase se realizará entre el deudor y el acreedor y será extrajudicial. Sin embargo, el acuerdo final estará tutelado por un juez. Por otra parte, con el objetivo de llegar a un acuerdo, podrá intervenir un mediador concursal.
En segundo lugar, estará a disposición el beneficio de exoneración. Este mecanismo se llevará a cabo de manera judicial siempre y cuando exista discrepancia entre las partes. Si se da esta situación, el deudor podrá solicitar el Beneficio de Exoneración para Pasivos Insatisfechos (BEPI).
Este beneficio sobre las obligaciones de pago será de carácter parcial o total. Será el juez quien decida sobre la adjudicación del beneficio. Además, únicamente se concederá si el deudor liquida todo su patrimonio con el fin de devolver la deuda.
Por último, el acreedor sólo podrá rebatir la decisión del juez si el deudor recibe el BEPI.
Novedad legislativa en los procesos concursales
El pasado mes de junio se acordaron protocolos de actuación para agilizar los procedimientos de concursos sin masa. Los concursos sin masa son aquellos que no presentan bienes en la liquidación. Por lo tanto, los deudores llegarán al concurso sin ningún tipo de bien a liquidar. Básicamente deberá tener su sueldo.
Los concursos que anteriormente duraban años deberán ser concluidos en un mes con la nueva aplicación.
Debido al Covid-19, este año ha sido complicado y nos ha afectado económicamente provocando situaciones críticas y de insolvencia. Si eres autónomo o empresa puedes tramitar la ley de la segunda oportunidad para solventar tu situación financiera. Asimismo, si quieres empezar de nuevo, esta normativa es una buena herramienta para atravesar la crisis.
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