En esta selección de novedades semanales de hoy, le proponemos en primer lugar una de ámbito laboral, como es la reciente APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE EXTRANJERÍA. Afecta a los empleados extranjeros que tenemos contratados o queremos legalizar, en especial a los profesionales cualificados y expertos procedentes de otros países (ingenieros, científicos, investigadores, directivos, etc.).
APROBADO EL REGLAMENTO DE LA LEY DE EXTRANJERÍA
El texto, fruto de un amplio diálogo, introduce mayor rigor en los procedimientos y facilita la colaboración entre administraciones. En un nuevo contexto migratorio, la norma fortalece la cohesión social al tiempo que potencia la movilidad y el retorno voluntario. FORNELL CONSULTORS, como despacho experto en EXTRANJERIA, le quiere informar.
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento de la Ley Orgánica de 11 de enero de 2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, más conocida como Ley de Extranjería
El texto desarrolla los mecanismos de gestión previstos en la reforma de Ley Orgánica del año 2000 que el mismo Gobierno impulsó y las Cortes Generales aprobaron hace poco más de un año, y pone los medios para hacer efectivos el fortalecimiento de la cohesión social, la integración y la igualdad de derechos y deberes. El nuevo Reglamento responde a los retos del nuevo ciclo migratorio y culmina la transposición de la normativa comunitaria en materia de inmigración.
La norma garantiza mayor rigor, objetividad y transparencia en los procedimientos administrativos de extranjería. Además, objetiva criterios necesarios para los trámites que deben realizar los ciudadanos extranjeros, agiliza los procedimientos e introduce las nuevas tecnologías en las tramitaciones.
Consolida un modelo basado en la regularidad y la vinculación al mercado de trabajo
Adecúa el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura a la realidad del mercado de trabajo. Mayor concreción en los detalles de las ocupaciones; posibilidad de no inclusión de ocupaciones que puedan ser cubiertas por desempleados tras una pequeña formación.
Objetiva los criterios para la determinación de los medios económicos necesarios para el empleador: 100% IPREM si se trata de una sola persona; 200% IPREM si se trata de unidades familiares de dos personas; 50% IPREM por cada persona adicional.
Promueve la regularidad en la contratación de extranjeros, evitando el fraude: de así entenderlo oportuno el órgano competente para la resolución del procedimiento, será igualmente causa de denegación de una autorización que en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud el empleador solicitante haya sido sancionado por comisión de la infracción prevista en el artículo 53.2.a) de la Ley Orgánica 4/2000.
Fomenta la integración de los inmigrantes
Desarrolla la norma legal que establece el papel de las CCAA en los informes de esfuerzo para la integración, arraigo y vivienda. Implementación del informe de esfuerzo de integración como elemento de especial valoración en determinados supuestos de renovación de autorizaciones. Elaboración del informe por la Comunidad Autónoma, que podrá delegarlo en las Corporaciones Locales.
Informe de habitabilidad en la reagrupación familiar: elaboración del informe por la Comunidad Autónoma, que podrá delegarlo en las Corporaciones Locales. Plazo de 30 días para su expedición, cualquiera que sea la Administración que lo emita.
Objetiviza los medios económicos en la reagrupación familiar, para garantizar un proceso exitoso: 150% IPREM para reagrupar al primer familiar; 50% IPREM por cada miembro adicional.
Mejora y fortalece la colaboración con las CCAA y Ayuntamientos
Consolida espacios de diálogo: consideración y contenido mínimo de las certificaciones de los Servicios Públicos de Empleo autonómicos.
Garantiza el papel de las CCAA en sus políticas sociales en relación con la inmigración: Informes de habitabilidad, de arraigo y de esfuerzo de integración. Éste último sólo puede ser expedido por la Comunidad Autónoma.
Determina el suministro de información sobre procesos de reagrupación familiar: remisión de información estadística a CCAA y FEMP.
Fomenta la competitividad de las empresas en España
Establece un mecanismo ágil para atraer personal altamente cualificado: Lleva a cabo la transposición de la Directiva de Tarjeta Azul, proporcionando un procedimiento preferente y privilegiado para trabajadores altamente cualificados.
Favorece la movilidad de los investigadores hacia España: Transpone la Directiva de Investigadores, estableciendo un régimen nuevo entre el general y el de altamente cualificados.
Fomenta la movilidad y el retorno voluntario
Facilita el retorno voluntario de los inmigrantes: Se incorpora la figura del retorno y sus efectos. Se incluye no sólo el retorno en el marco de un programa público, sino también la posibilidad de beneficiarse de sus efectos si se hace al margen de éste. Facilita el retorno estableciendo un procedimiento de regreso a España de carácter más ágil. Mantiene los tiempos anteriores de residencia de cara a la eventual obtención de la tarjeta de larga duración.
Aporta mayor rigor, transparencia y objetividad a los procedimientos
Mejora la seguridad jurídica en los procedimientos: Transversalmente, delimita la diferencia entre requisitos y documentos.
Todos los actos en materia de extranjería, ponen fin a la vía administrativa, salvo denegaciones de entrada.
Simplifica los trámites administrativos consulares: establece un procedimiento de notificación más ágil y garantista. Transversalmente, se elimina la doble presentación de documentos y, en consecuencia, la doble comprobación.
Incorpora las nuevas tecnologías: presentación y notificaciones a través de medios telemáticos. Transversalmente, solicitud y expedición de informes a través de medios telemáticos.
Dispone de todas las garantías
Protege individualmente a las víctimas de las redes de traficantes de personas y de violencia de género: Se introduce un Capítulo destinado a regular la situación de estas víctimas, cuya protección se extiende a los hijos menores. Se introduce un Capítulo destinado a regular la situación de las víctimas de trata se seres humanos.
Consolida los principios del derecho administrativo sancionador: Reiteración del principio de proporcionalidad en los diferentes procedimientos sancionadores.
Desarrolla el principio del interés superior del menor, que en primera instancia es su desarrollo en su entorno familiar: se desarrolla el procedimiento de repatriación del menor, desde la coordinación con la Fiscalía y el respeto a los derechos de los menores.